Iniciar sesión / Registro

Derechos de los temporeros

¿Qué contratos y derechos tienen los temporeros? Protección social, jornada laboral y salario de los temporeros.

Para cubrir las necesidades de personal durante la temporada alta de campings, es habitual recurrir al empleo de carácter estacional. Según la legislación española, este tipo de empleo debe estar justificado por un aumento temporal de la actividad debido a la estacionalidad. Los puestos estructurales o permanentes del camping no pueden estar cubiertos con contratos estacionales.

El empleo estacional en España se gestiona preferentemente mediante el contrato fijo-discontinuo, que permite a las empresas contratar trabajadores para actividades que se repiten en fechas ciertas o previsibles, con interrupciones entre campañas. Aunque el contrato es indefinido, la prestación de servicios es intermitente.

Legislación sobre el trabajo estacional: criterios contractuales

El contrato fijo-discontinuo es el instrumento legal recomendado para cubrir actividades estacionales. Este contrato se formaliza por escrito e incluye información sobre la duración estimada de la actividad, la jornada laboral y el calendario orientativo.

La normativa establece que este contrato debe aplicarse cuando la actividad se repite cada año o en campañas periódicas, aunque no se preste servicio de forma continuada durante todo el año.

No existe un límite máximo de duración anual para este tipo de contrato, pero las interrupciones entre campañas deben estar justificadas por la falta de actividad.

El contrato puede incluir una cláusula de llamamiento o reincorporación, dando prioridad al trabajador en futuras campañas antes de recurrir a nuevas contrataciones. La empresa debe comunicar el llamamiento por escrito.

Alternativamente, el empleo estacional también puede gestionarse mediante contratos de duración determinada por circunstancias de la producción, siempre que no superen los límites establecidos (90 días no consecutivos por año natural para cada trabajador, según la reforma laboral de 2021).

Empleo estacional: derechos de los empleados

En materia salarial, los trabajadores estacionales deben recibir, como mínimo, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en 2024 es de 1.134 euros brutos al mes en 14 pagas, o 1.323 euros brutos al mes en 12 pagas.

La jornada laboral y los descansos deben respetar las siguientes condiciones:

  • La jornada ordinaria no puede superar las 40 horas semanales de promedio anual,
  • Se debe garantizar un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas,
  • Los empleados tienen derecho a un descanso mínimo de 30 minutos si la jornada supera las 6 horas,
  • Es obligatorio conceder al menos un día y medio de descanso semanal continuado.

Las horas extraordinarias deben ser voluntarias y pagadas conforme al convenio colectivo o compensadas con tiempo de descanso equivalente.

A diferencia de otros contratos temporales, el contrato fijo-discontinuo no genera derecho a indemnización por fin de campaña, dado que la relación laboral se mantiene vigente entre campañas, salvo despido o baja voluntaria.

La legislación laboral: hacia una mejora de las condiciones del empleo estacional

La reforma laboral de 2021 impulsa la estabilidad en el empleo estacional a través de:

  • La obligación de formalizar contratos fijos-discontinuos en lugar de contratos temporales para actividades estacionales recurrentes,
  • El reconocimiento de los derechos laborales y antigüedad durante los períodos de inactividad,
  • El fomento de medidas para mejorar las condiciones de alojamiento y movilidad de los trabajadores temporeros.

El contrato fijo-discontinuo se presenta como una herramienta más estable y protectora que el antiguo contrato temporal estacional, ofreciendo mayor seguridad jurídica tanto para trabajadores como para empresas.


Su opinión

Su archivo se está cargando